Reprobación endémica de abolengos
Es nota dominante en las asambleas europeas, y debiera ser la comidilla en las controversias plebiscitarias que se avecinan, la revisión de cometidos y el ajuste jurisdiccional de la partitura continental, para cada ámbito familiar de las filarmónicas, el de la cuerda solista, el viento coral y la percusión que, acompasada, integra el conjunto, separando las funciones directivas —el charanguero esgrimido de batuta en algún caso—, de la instrumentación administrativa que ocupa a los depositarios de secretos en las instituciones oficiales. Estos otros fariseos modernos, ministros de la confianza pública, están facultados para orquestar, escriturar y atestiguar las fechorías alegales (cuando no existe fundamento armónico) o incluso ilegales (cuando somos alertados de los bailes de interés regional por renacuajos discordantes), de los numerarios con atribuciones ejecutivas e interpretativas en la obra. Visando el intrigante trasfondo público bajo la empírica y genuina supervisión de asentados caudales carroñeros (de orbitantes herencias), atraídos a la tierra de la perenne disputa pastoral (hablo del sur del continente) por el rastro de reses exangües —quizás por ello transfundiendo brío a través de cálices balompédicos— y por el diligenciamiento garantista de los sempiternos especuladores esquilmapatria que tanto residuo esbirro-propagandístico desamparan en el tracto judicial, beneficiándose de fallas y fallos como los derivados de la no correspondencia entre mandatos estatales de los poderes, a pesar de la interdependencia constitucional de sus nombramientos (Artículo 122.3) como mecanismo de auxilio entre correligionarios sinfónicos —como si no fueran suficientes entre magistrados del Supremo, del ¿Constitucional? y la afectada fragmentación de las incumbencias jurisprudenciales.
Estructuras nacionales
Así, vamos pudiendo conocer, aunque no sea más que de oídas, además de los llamativos casi dos años de desgobierno sin consecuencias macroeconómicas para el cuarto salario mínimo de la UE (hablo de Bélgica, el país del casoplón donde habita el más honorable exiliado político del momento, que con la cuarta parte de población y la tercia de posibilidades productivas arroja un PIB per cápita superior al nuestro), las distintas reformas promovidas por las naciones europeas, como la limitación de la capacidad legislativa de los 69 senadores en el Bundesrat alemán, a cuenta de competencias administrativas y fiscales para los parlamentos —cuando no para los parlamentarios— de las 16 entidades federadas, y, no necesariamente para provecho de sus 439 distritos (o kreise) entre términos rurales y urbanos (por la subdivisión oriundo/foránea o semipúblico/semiprivada en que consiste la externalización de la finalidad social de las cajas o Sparkassen ). Estructura equiparable a los arrondissements de los departamentos franceses (322/101), los partidos judiciales de las provincias españolas (432/50), o los concelhos o municípios de los distritos lusos (308/20), quedando como base burocrática las freguesias (3.400), en semejanza a los municipios españoles (8.131) y las comunas alemanas (12.013) o francesas (35.358). Asumiendo que la rentabilidad queda formulada, más que por el porcentaje de gestiones parlamentarias o la conveniencia de su carácter regional, provincial o municipal, por la busca del mayor número de kilómetros cuadrados para el menor número de habitantes, gestionados, en lo contencioso administrativo, por el suficiente y necesario número de cámaras y parlamentarios. Eso desde el punto de vista de los intereses vecinales; desde la perspectiva estatal, la querencia es dejar a las comarcas como exponente turístico y centralizar, en el ámbito más deseable o posible, las disposiciones gubernamentales y fiscales. Ver tabla de estructuras nacionales .
Pauta colonialista
Sirva como alerta endémica la desaparición de comarcas en los distritos electorales y partidos judiciales españoles, absorbidas por los datos poblacionales y denominaciones de los grandes núcleos, la segregación/anexión de comunas en los distritos franceses para la conformación de los départements, el desarrollo del espacio regional portugués con las Comisiones de Coordinación y Desarrollo Regional (o CCDR), aparte de los 382 jueces electos de los 5 Tribunales da Relação territoriales (Guimarães, Porto, Coimbra, Lisboa y Évora), o la agravada diferenciación de prestaciones administrativas —como p. e. cajeros, humanos y virtuales— entre áreas metropolitanas y rurales, repercutidas además por la discriminación o el favorecimiento ejecutivos en materia presupuestaria, siguiendo la pauta colonialista. Conviene recordar en este sentido, el crecimiento embarullado que aviva la tentación de las ciudades-estado como Berlín, Hamburgo o Bremen, la metrópoli de Lyon, la city chárter de Los Angeles o la Marbella de Gil y Gil, ideales para la transgresión de lo que es canon en otros lugares —ahí están los comulgados negocios del barrio rojo hamburgués, de la camorra napolitana, de la hermandad roja mediterránea o el relativo albedrío de los barrios de las altezas ceutí y melillense—, eludiendo el control de condados, comunidades y resto de demarcaciones intermunicipales, al modo de Hong Kong, Pompeya, Gomorra o cualquier poblado chabolista —como reza el Génesis, hasta que Jehová hace llover azufre y fuego.Y sirvan como referencia de lo que se esperaba de la Unión Europea y de sus tratados de funcionamiento1, las dos circunscripciones creadas por Portugal en 1978 y que mantiene en la actualidad, para los residentes en el extranjero, europeo y extracomunitario (círculos electorales Europa y Fora da Europa), cubriendo la nación tanto la apuesta de la competitividad fraternal —que pregunten al sector del aluminio en A Coruña y Avilés, subrogados por sus homólogos de algún país hermano—, como la opción del desapego de las fábulas de la moneda única y del pleno empleo. Sólo en el tercer cuarto del siglo XX, migraron a Brasil desde la dictadura de Salazar alrededor de 300.000 lusitanos. Del mismo modo que más de millón y medio de españoles, durante el mismo periodo de tiempo y por la inercia franquista, lo hicieron a Argentina —sin contar los exiliados a México, a Venezuela o al resto de estados americanos de habla hispana—, que, sin embargo, tienen ahora que rogar el voto por obra y gracia del espíritu reconciliador de la transición. Impidiéndose, además, hasta no haberse confirmado la fidelidad a la OTAN que viene con el paquete —y que, de entrada, al tiempo de firmar el acta de adhesión a la CEE en junio de 1985, no concretó F. González—, la representación de los intereses patrios en los tratados de reconstrucción continental por parte de algo más que los idealizados matador de toros, sombrilla de playa o tonadillera de profesión: sus labores.
1 1º París, inicio de la andadura de la cancillería europea en 1952 (regulación de los sectores del carbón y del acero a la finalización de la S. G. M.), con representantes de los seis parlamentos nacionales de Alemania, Italia, Francia y la Benelux, 2º Roma, en vigor a partir de 1958, con los mismos protagonistas, dotación de funciones legislativas con la creación de la eurocámara en 1962 (sufragio directo en 1979, al tiempo de la European Currency Unit sustituida por el €uro en 1999-2002) y de lazos jurídicos e instituciones como el comité económico-social, sentando las bases para las incorporaciones del Reino Unido, Irlanda, Dinamarca sin Islas Feroe (1973, desde 1982 tb. sin Groenlandia) y Grecia (1981), y 3º Maastricht, en marcha desde 1993, ya con la docena de estados miembros —siendo en este punto las últimas circunscripciones agregadas las ibéricas (1986, como CEE, un año después de su ingreso aportarán a la cámara 60 delegados los españoles y 24 los portugueses)—, con las revisiones de Ámsterdam, Niza y Lisboa contribuyendo a la adhesión de nuevos socios, hasta la UE de los 28, con las incorporaciones de Austria, Finlandia y Suecia en 1995, y Polonia, República Checa, Eslovaquia, Hungría, Eslovenia, Estonia, Letonia, Lituania, Chipre y Malta en 2004. Completan la lista Bulgaria y Rumanía en 2007 y Croacia en 2013.
Cuarto Reino
La uniformidad del mundo civilizado (en torno a ciudades) del imperio romano del 298 fue punto de inflexión en la curva del éxito territorial, sin provecho posible de los concejos escoceses (o highlands) o de las posiciones más allá de la divisoria del Rin y el Danubio, completando los límites de los bienes conocidos el Atlas Sahariano, los cuatro mares del medio oriente y los cuatro edictos coercitivos e inhibitorios de la inquietante moda cristiana —y no del atavismo judío, autónomo sobre sus patriarcales ritos antediluvianos— que no acataba el calendario litúrgico preponderante de los sacrificios gravosos para expiatio o propitiatio, ni manifestaba públicamente los votum —a bríos— sin cargo. Hasta la publicación en Milán del edicto constantiniano de la tolerancia del cristianismo, tras haber fracasado el de Diocleciano sobre precios máximos, que, además del techo impositivo, pretendía asentar el sistema monetario del argentus de plata, como ocurriría más éxitosamente tras el descubrimiento de nueva materia prima y la acuñación de los ducados de los Reyes Católicos o los escudos filipinos, asimismo de oro, de su biznieto (y de Maximiliano I) Felipe II, nieto y tocayo del caído en desgracia El Hermoso. También los ducados, aunque abrazando más tarde el luteranismo, como el de Franconia, estuvieron presentes en la configuración de la frontera alemana tras la división del imperio carolingio entre francos y góticos (de ascendencia visigoda u ostrogoda), sucediéndose los emperadores alemanes hasta la revolución francesa, desde el Imperator Augustus Carlos I, más conocido como Carlomagno, hasta Franz Joseph Karl von Habsburg-Lothringen y Borbón —o Francisco II, el hijo de María Luisa de Borbón que pondrá fin a la lista dinástica de más de cuarenta emperadores del Sacro Imperio Romano Germánico—. Con reseñables espacios de transición que van desde la confederación germánica una vez desbaratadas las expediciones napoleónicas, hasta la República de Weimar tras la pertenencia al bando armado equivocado en la P. G. M., pasando por su penúltima reunificación en 1871 como imperio alemán —o reino de Prusia— acometida por el señorito (o jung Herr), terrateniente subordinado del káiser Wilhelm II, el junker Otto Eduard Leopold von Bismarck-Schönhausen —eso por no hablar del III Reich del Führer.En transversal disposición al Cuarto Reino y a los cuatro gobiernos de la tetrarquía, aunque compartiendo la necesidad de reorganizar un vasto imperio parlamentario, se vieron las asambleas rusas, en esta ocasión por la izquierda —o desde abajo—. Cuatro dumas o legislaturas no gubernamentales soportaría Nicolás II en su cargo, que en 1906 había diseñado constitucionalmente la regia elección del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado. Terratenientes, notables y clérigos, distinguidos sucedáneos de los libelli (solicitudes, proyectos), studia (ciencia, industria), memoria (pasado, ley), epistulae (administración, relaciones), cognitiones (conocimiento, examen) y rationales (hacienda —el nuevo liberalismo no incluiría aquí la economía—) del Consilia Sacra de los tiempos de Roma, hacían las veces de Cámara Alta. En la búsqueda de representación, en los diferentes niveles territoriales, de los intereses del cada vez menos agreste campesinado y del cada vez más urbanita proletariado —lo que acerca al proletarius a la primitiva denominación exclusivamente en base al salarium percibido y no al trabajo desempeñado—, estaban los sóviets, acepción que el Diccionario de la Lengua Española relaciona interesada y coloquialmente con desobediencia, del mismo modo que izquierdo, da con torcido, da y república con desorden —a añadir a las sucesivas reinterpretaciones psocialistas del término marxismo ampliando su campo de afluencia electoral—. ¿Pero qué otra cosa pueden decir los reales académicos, cuál sería si no la utilidad de incubar sus poltronas? Tampoco es que la herencia recibida del mini-estado oligárquico por la escasa década democrática en España, sobre asambleas al servicio ciudadano, haya sido espléndida. Alguien consciente habrá en alguna parte, por el bien de la reedición de —al menos— los logros sociales, que deseche la impertinente sugestión mediática de las revisiones penales al alza, de los mismos aturdidos que piden debatir el desvelo apocalíptico del mañana con permiso de armas.